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  • PPIINA
    Petición al Parlamento Europeo: Permisos IGUALES e INTRANSFERIBLES una acción colectiva para la igualdad de derechos y la corresponsabilidad FIRMA el formulario.

  • Feminismo ante la Crisis. Lee el Manifiesto:
    Igualdad de Género frente a la crisis económica
    ¿CÓMO ADHERIRSE?

  • Di NO - UNETE para poner fin a la Violencia contra las mujeres. Promovida por UNIFEM

  • Entre un hombre y una mujer, Maltrato Zero. Promovida por la AECID, en 22 países iberoamericanos para no permanecer de manera ‘neutral’ o indiferente ante la violencia machista.

  • ACCION LOCAL: Avanzando en IGUALDAD


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    1. azu serrano (Campaña Punto Final a la violencia contra las mujeres)
    2. Nuria Castells (Manifiesto ante el desmantelamiento de los organismos de Igualdad: Instituto de la Mujer de Castilla La Mancha)
    3. Carmen Lopez Lopez (Manifiesto ante el desmantelamiento de los organismos de Igualdad: Instituto de la Mujer de Castilla La Mancha)
    4. Cayetano Sánchez Reyes (Custodia compartida: las trampas del debate)
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    8. Sandra Milena Losada Floriano (III Conferencia Internacional: Mujer, Género y derecho, Cuba 2010)
    9. María Freiría (La segunda edición de FEMITIC ya está aquí!)
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    Novedades SGD

  • Estudio 'Fiscalidad y Equidad de Género'
  • Humor Gráfico y Derechos Humanos
  • Campaña Punto Final a la violencia contra las mujeres
  • Argentina: El derecho a la Igualdad llegó al matrimonio
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  • Custodia compartida: las trampas del debate
  • Mujeres israelíes y palestinas piden una solución política para evitar que crezcan los grupos extremistas
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    DENUNCIA

    Manifiesto ante el desmantelamiento de los organismos de Igualdad: Instituto de la Mujer de Castilla La Mancha

    Hay quien pretende utilizar como coartada la crisis económica actual para frenar el avance en Igualdad. La desarticulación de los organismos de igualdad y el debilitamiento de los mecanismos institucionales para la tranversalización de la igualdad de género significan un grave retroceso en la implementación y desarrollo de las Políticas para la igualdad de Género, y al mismo tiempo una dejación de la responsabilidad asumida en esta materia a través de los compromisos establecidos a nivel internacional, nacional, regional y local.

    El pasado día 25 de mayo se comunicó por parte del Presidente del Gobierno de Castilla-La Mancha, señor José María Barreda, la remodelación del gobierno de esta comunidad autónoma donde concretamente, por la parte que nos toca, se suprimía el Instituto de la Mujer.

    _Algunas mujeres hemos intercambiado opiniones sobre este tema y creemos que es necesario responder frente a esta decisión que consideramos todo un retroceso en el avance de la visibilización de las políticas igualitarias y por ello os invitamos a firmar el manifiesto que hemos redactado y podéis ver en este enlace _.

    SinGENEROdeDUDAS se suma a este Manifiesto desde esta Comunidad de Conocimiento en la Red, os animamos a apoyar y difundir esta iniciativa.

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    sgd || 28 06 2010 - 16:54

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    DEBATE

    Custodia compartida: las trampas del debate


    Por Carmen Castro y María Pazos

    En las últimas semanas se ha reactivado el debate sobre la necesidad de corresponsabilidad en el cuidado y atención de las hijas e hijos, a raíz de la aprobación por el Parlamento de Aragón de la llamada Ley de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres. Es loable la preocupación por la custodia responsable y por minimizar las consecuencias negativas que tienen sobre los hijos/as las desavenencias de sus progenitores, tanto en caso de divorcio como durante la convivencia. Pero las dificultades surgen a la hora de la práctica, porque las resistencias e intereses patriarcales crean trampas que frecuentemente aparecen envueltas en una apariencia de igualdad (neomachismo). Adoptar una actitud proactiva para desmontar estos mecanismos es una tarea cada vez más urgente.

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    sgd || 7 06 2010 - 07:52


    CONVOCATORIAS

    II Curso sobre Género y Politicas Públicas en la Universidad Internacional del Mar

    La Universidad de Murcia, en el seno de la Universidad Internacional del Mar, ha organizado una nueva edición del seminario-workshop sobre “Género y Políticas Públicas: el Presupuestouna con Perspectiva de Género” que tendrá lugar durante los días 12 al 16 de julio en Cehegín. Se otorgarán 3 créditos ECTS.

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    sgd || 31 05 2010 - 10:46

    ¿Cómo se piensa lo Queer en América Latina?

    La revista ÍCONOS , publicación cuatrimestral de FLACSO – Ecuador , hace un llamado a presentar artículos para dar contenido al dossier que interrogue lo queer (como teoría y práctica política, que ha surgido como una contestación y resistencia a las políticas de identidad, particularmente a las identidades basadas en la reivindicación del “orgullo gay”) en su intersección con lo racial, lo étnico y la clase que mira las categorías como objetos dentro de una historicidad.

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    sgd || 14 05 2010 - 13:26


    Recomendaciones de SGD



  • FEMIPEDIA. Una iniciativa colaborativa de Ciudad de Mujeres

  • Centro de documentación ADELINA ZENDEJAS. Una iniciativa de CIMAC Noticias.


  • A vueltas con la discriminación positiva

    La reciente aprobación por el Gobierno de España, del Proyecto de Ley contra la Violencia de Género, está sirviendo de excusa para reactivar el debate que siempre ha estado latente sobre la “Discriminación Positiva” cuando ésta es aplicada con la intención de restaurar el desequilibrio de género.

    La discriminación positiva es una política social dirigida a mejorar la calidad de vida de grupos desfavorecidos, proporcionándoles la oportunidad efectiva de equiparar su situación de mayor desventaja social. El mecanismo de funcionamiento significa la excepción al principio de igual trato, contemplada en el marco legislativo; esto es: tratar desigual lo que de partida tiene una situación desigual.

    El Derecho Antidiscriminatorio originario de los Estados Unidos de Norte América intenta paliar la situación de injusticia que sufren quienes pertenecen a un determinado grupo en relación a quienes pertenecen a otro grupo; con lo que el alcance del principio de igualdad se extiende más allá de la mera concepción del individuo.

    El reconocimiento y constatación de la existencia de desigualdadades sociales por la pertenencia a un mismo grupo social, convierte el sentido común en una necesidad de actuación política legítima con la intención de eliminar los mecanismos de discriminación directa e indirecta por cuestión de sexo, raza, origen étnico, edad, opción sexual o discapacidades existentes.

    Y en este mismo sentido se ha ido desarrollando en la Unión Europea, una amplia Base legal de la Acción positiva affirmative action que avala su desarrollo práctico e instrumental en el concepto de justicia aplicada, y en base a ello, tenemos un gran número de ejemplos sobre la aplicación de la discriminación positiva, por diferentes motivos: la “Europa de distintas velocidades” significa precisamente dar un tratamiento desigual a realidades colectivas desiguales, la discriminación positiva como vía para integrar las minorías lingüísticas en un marco de cooficialidad en España, la reserva de un % de puestos de trabajo en el sector público para personas con discapacidades, las bonificaciones empresariales por determinadas contrataciones a grupos más desfavorecidos,...

    En la Unión Europea, la aprobación del Tratado de Amsterdam acabó legalmente con la controversia al elevar al rango de Tratado la norma que antes provocaba la excepción al principio de igual trato, art. 2.4 de la Directiva 76/207/CEE, pues aunque con el Tratado no se incorpora un mandato expreso de discriminación positiva, sí reconoce su compatibilidad con el principio de igualdad formal recogido en el mismo.

    En España, la doctrina del Tribunal Constitucional ha establecido que no serán contrarios al artículo 14 de la Constitución, que proclama la igualdad de sexos, “los tratos diferenciados a favor de las mujeres con el fin de corregir desigualdades de partida, de eliminar situaciones discriminatorias, de conseguir resultados igualadores y de paliar la discriminación sufrida por el conjunto social de las mujeres”.

    Añade que ello puede lograrse “mediante un derecho desigual igualitario, lo que, ante prácticas sociales discriminatorias, constitucionalmente es exigible del Estado social para asegurar la efectividad de la igualdad entre los sexos”.

    La especialista Hanna Beate Schoepp-Schilling clasifica las justificaciones de las medidas de acción positiva afirmativa en tres grupos:

  • Justicia Compensatoria: se trataría de compensar a las mujeres por las desventajas y la discriminación que han sufrido como colectivo a lo largo de la historia.

  • Justicia Distributiva: se trataría de reajustar el desequilibrio existente entre hombres y mujeres.

  • Utilidad Social: se trataría de movilizar el potencial económico y social de las mujeres para el bien común de toda la sociedad.
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    sgd | 28/06/2004 | |

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    1. Sin embargo, yo creo que la cuestión es infinitamente más complicada que eso, a pesar incluso de la doctrina del Constitucional. Ya comenté en el blog de JR que sería relativamente fácil para un abogado tumbar la aplicación de esa ley si existieran denuncias contra ella. Porque, en el fondo, lo que se hace es dejar a discreción del juez el determinar si las políticas de acción positiva están orientadas o no a cumplir esos objetivos compensatorios.

      Personalmente, el principio no me parece malo; otra cosa es cómo se aplique, y sin duda habrá que esperar más de una sentencia contradictoria en la resolución de los previsibles conflictos. Y otra cuestión más: ¿hasta cuándo se mantendría esa política de acción afirmativa? ¿Qué límite fijamos -concreto, nada de abstracciones- para decidir que los objetivos están cumplidos y ya no es necesario mantener esa "contradiscriminación"? Y la eterna pregunta: ¿justifica el fin los medios, incluso en este caso?

      Un saludo :-)
      Otis B. Driftwood    28.06.04    #
    2. Complicado y complejo el tema en cuestión, demasiadas variables e intereses interviniendo, y la constatación de que la Ley necesita introducir mejoras durante el procedimiento de debate parlamentario y que probablemente éstas serán tanto de forma como de contenido.

      Hasta aquí, estamos en onda ;)

      Sin embargo, no estoy de acuerdo con la supuesta inconstitucionalidad que se está denunciando; de ahí mi anotación de hoy, a modo de flash recordativo para actualizar conceptos y perspectivas en torno a la discriminación positiva.

      Las medidas de acción positiva -y la discriminación positiva entraría entre las posibilidades de actuación- tienen un horizonte temporal, ya que en el momento que la situación de desigualdad social deje de existir ya no habrá motivos para seguir aplicándolas; por ello, los mecanismos de seguimiento y control tanto de procesos como de resultados que se van consiguiendo, son fundamentales, ya que permiten revisar las variaciones de la situación de desventaja social diagnosticada de partida, y por lo tanto valorar la conveniencia de seguir o no con estas medidas.

      La necesidad de hacer una Evaluación del impacto de género de las actuaciones políticas, además de por puro sentido común, está ya integrada entre las disposiciones legislativas a nivel europeo y en el territorio español.

      El reto será aproximarnos a situciones en las que ser mujer u hombre no sea el condicionante de partida.

      Un saludo
      :o)
      Carmen    29.06.04    #
    3. Por cierto, el comentario sobre "el blog de JR" al que se refiere Otis es este: No,no,no y mil veces no que está suscitando una activa e interesante conversación.

      Salu2
      :o)
      Carmen    29.06.04    #
    4. Si es que soy un vago para poner enlaces, lo sé... ;-)
      Otis B. Driftwood    29.06.04    #

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